En consecuencia no se producirá votación alguna, y el
                concurso avanzará hacia la liquidación de la empresa.
 Esta semana se han notificado a ADICAE por parte del Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid dos Autos en los que el Juez acuerda inadmitir
                las propuestas de Convenio presentadas por la propia empresa y por un grupo de acreedores, propuestas de las que les informamos en el Boletín 
                que les remitimos el pasado mes de junio.
                El Juzgado, tal y como ADICAE había advertido, destaca que el Plan de Viabilidad no es ni mínimamente razonable y creible y que no hay garantía alguna respecto al cumplimiento de lo prometido en el Convenio.
                
                Dado que las dos propuestas de Convenio erán casi idénticas, también lo son los dos autos del Juzgado. En sus escritos, el Juez
                  recuerda en primer lugar que "la nueva legislación concursal impone a la
                  admisión a trámite del convenio unos requisitos formales y de contenido" y
                  que "el Convenio, como contraposición a la liquidación, supone una
                  continuación empresarial". En este sentido recuerda el Juez que es
                  preceptivo legalmente que el Convenio se acompañe de un Plan de
                  Viabilidad, el cual debe especificar "los recursos necesarios para el
                  cumplimiento del convenio, los medios y las condiciones para obtenerlos y,
                  en su caso, los compromisos de terceros". Finalmente se expresa con
                  claridad al afirmar que "En resumen el Plan de Viabilidad está huérfano de
                  una mínima explicación de la forma para conseguir beneficios que no sea la
                  venta de activos y, más en concreto inmuebles, sin determinar de cuáles se
                  trata.... En una palabra de donde sale el dinero de un Plan supuestamente
                Viable".
                Incumplimiento del art. 100.1 de la Ley Concursal. Se vuelven a confirmar las posiciones de ADICAE
 El artículo citado establece que el máximo plazo para pagar a los
                afectados será de 5 años, mientras que los Convenios presentados
                establecían plazos superiores, de entre 7 y 8 años. Respecto a esta
                cuestión el Juez pone de manifiesto que los convenios propuestos carecen
                de "uno de los contenidos necesarios y de obligada exigencia, lo que
                obliga a inadmitir la totalidad de la propuesta formulada". En cuanto a la
                excepción a estos plazos que prevé la Ley, y tal y como avanzó ADICAE en
                su último Boletín Informativo de Junio de 2010, el Juez considera que el
                Plan de Viabilidad que acompaña a los Convenios "nada razona, expone y
                justifica" los graves y relevantes efectos sobre el sector en el que actúa
                Arte y Naturaleza ante la posible desaparición de la empresa.
 Nueva ratificación del carácter financiero de AyN
                 Pero además de lo señalado el Juez una vez más destaca que el
                  objeto empresarial de Arte y Naturaleza era la "captación de ahorro de
                  particulares a cambio de una retribución periódica y fija, utillizando
                  como subyacente obras de arte". Es decir, se reafirman los argumentos de
                ADICAE para la exigencia de un Fondo de Compensación de Pérdidas
                Tras todas estas consideraciones, y a pesar de que por sí mismas
                  conllevan la inadmisión a trámite de los Convenios, el Juez complementa
                  sus Autos analizando las diversas fórmulas de pago a los acreedores que
                  contemplaban los Convenios: convertir la deuda en acciones, en "préstamos
                  participativos", etc.. En este sentido los dos Autos del Juzgado dejan
                  claro que las fórmulas propuestas incumplen el artículo 100.3 de la Ley
                  Concursal, que prohíbe la cesión de bienes y derechos a los acreedores
                para el pago de su deuda.
                Puede consultar el contenido íntegro de los Autos del Juzgado por
                los que se inadmiten los Convenios  pinchando aquí
                Qué sucede ahora tras el rechazo judicial a los Convenios
                Al no haber admitido a trámite el Juzgado los Convenios, los
                  mismos no se someterán a votación alguna (votación que estaba prevista
                  para mañana 16 de julio), por lo que los afectados no tienen que hacer
                nada en este sentido.
                A partir de ahora los administradores concursales deberán
                  presentar una propuesta de Plan de Liquidación, es decir, un plan para
                  detallar cómo, en qué plazos y a través de qué medios se venderán los
                  activos, bienes y patrimonio de Arte y Naturaleza y en qué plazos se
                pagará a los afectados.
                Cuando este plan se presente ADICAE podrá realizar alegaciones y
                  propuestas, para lo cual resulta clave que los afectados participen en la
                  Comisión de Seguimiento de la Liquidación que ADICAE está creando. Si aún
                  no se ha apuntado en alguno de los Comités de Afectados existentes no lo
                  dude y hágalo ahora (puede hacerlo llamando a la oficina de ADICAE más
                  cercana o enviando la ficha que encontrará en la página 5 del Boletín
                  Informativo de junio de 2010, que encontrará en la web
                  www.afectadosfilatelia.org). La actuación organizada de los afectados será                  clave tras el verano tanto en el concurso de acreedores (la liquidación)
                  como en la reivindicación de una solución política al problema, a través
                del Fondo de Compensación de Pérdidas.
                Confiamos en contar con su participación activa para impulsar una
                solución razonable a este grave problema,                
                 ADICAE
                  Departamento de Comunicación